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Devolverle al Congreso la facultad de nombrar Autoridades Municipales: Pável Meléndez

10 enero, 2019

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*Propone reforma a la Constitución Política de Oaxaca y a la Ley Orgánica Municipal

*Contribuirá a la disminución de conflictos postelectorales

Oaxaca, Oax.-

Terminar con los conflictos postelectorales, evitar hechos de violencia, así como garantizar la paz y el sano desarrollo de nuevas elecciones que den certidumbre a los municipios, propuso el diputado Pável Meléndez Cruz al presentar una reforma que busca devolverle al Congreso la facultad de nombrar Concejos Municipales.

El legislador del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) por el distrito 18 con cabecera en Santo Domingo Tehuantepec planteó reformar el artículo 59  y derogar la fracción XV del artículo 79 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca. Asimismo reformar los artículos 66 y 67 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

“Cuando se declare la suspensión o desaparición de un Ayuntamiento, el Congreso del Estado procederá de inmediato a designar de entre los ciudadanos que gocen de buena reputación, respeto, honorabilidad y sobresalgan por sus méritos culturales, cívicos y sociales a los integrantes de los concejos municipales”, expuso.

Y agregó: “El Concejo Municipal se integrará por un mínimo de tres y un máximo de cinco personas, con el mismo número de miembros propietarios y suplentes del Ayuntamiento, según corresponda; y concluirá el periodo de ejercicio hasta que el órgano jurisdiccional en materia electoral declare la validez de la elección municipal y asuman el cargo los concejales electos”.

El también vicepresidente de la Mesa Directiva, Pável Meléndez aclaró que los miembros del Concejo deberán reunir los requisitos de elegibilidad que establece la Constitución Local, esta Ley y el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca.

Añadió que la designación de los Consejos Municipales se llevará a cabo mediante el voto de las dos terceras partes de los diputados integrantes del Congreso del Estado,  y el Ejecutivo estatal deberá garantizar las condiciones políticas para que inicie en sus funciones el Concejo Municipal.

Si por cualquier circunstancia no se hubiese efectuado la elección del Ayuntamiento en la fecha prevista o fuera declarada nula la elección, Meléndez Cruz refirió que el Congreso tendrá la facultad para decidir la celebración de elecciones extraordinarias a más tardar en 60 días.

Como fundamento para que el Pleno apruebe el proyecto, explicó que en el caso de Oaxaca la pugna por el poder municipal ha dejado historias dramáticas como el de Guevea de Humboldt y Santa María Ecatepec.

Ante este tipo de situaciones, el representante popular recordó que en un primer momento el Legislativo nombraba a un administrador municipal, pero en el 2016 cuando fenecía la 62 Legislatura se le devolvió al Ejecutivo el control de los administradores, “rompiendo con cualquier intento de equilibrio de poderes y devolviendo el control al gobernador”, subrayó. Mientras que la 63 legislatura desapareció esta figura para sustituirla por un comisionado municipal temporal.

Actualmente, concluyó,  el Ejecutivo del estado nombra al comisionado municipal pero afirmó que ha sido cuestionado tras considerarse un negocio de la clase política. “No ha sido factor de éxito el nombramiento pues se ha logrado observar que son puestos para beneficio del partido político gobernante”, puntualizó.